ACUERDO QUE SUJETA A AVISO AUTOMÁTICO DE EXPORTACIÓN LAS MERCANCÍAS QUE SE INDICAN.
- Víctor Alvarado
- hace 5 días
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Actualizado: hace 3 días
Es publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el ‘’ ACUERDO que sujeta al requisito de aviso automático de exportación las mercancías que se indican’’.
En relación a lo comentado la Secretaria de Economía ve necesario generar y analizar información detallada sobre los flujos de exportación hacia sus socios comerciales, por tal motivo sujeta a la presentación de un aviso automático a diversas fracciones arancelarias a su exportación, los productos que destacan son: cerveza de malta, tequila, partes de motores, máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos, portátiles, unidades de memoria, aparatos receptores de televisión, entre otros.
Teniendo las particularidades siguientes:
La solicitudes de aviso automático se tramitaran a través del correo electrónico aviso.exportacion@economia.gob.mx, mediante un escrito libre en términos de la regla 1.3.5 del Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite Reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior
Adicionalmente se tendrá que compartir un archivo Excel que contendrá información requerida, el cual se dará a conocer en el portal del SNICE: https://www.snice.gob.mx/
La autoridad cuenta con 10 días hábiles, una vez recibida la solicitud, para emitir el Aviso Automático
Entrada en vigor es este
04 de junio de 2025(prorrogado hasta el 07 de julio de 2025)
****ACTUALIZACION ****
Mediante el Oficio No. 516.2025.1850 por parte de la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior, se prorroga la entrada en vigor hasta el próximo 07 de julio de 2025.
Por lo cual nos permitimos enfatizar que, cualquier operación que tenga como finalidad la salida de mercancías del territorio nacional y que este listada en el Acuerdo comentado, deberán gestionar su Aviso Automático; esto incluye a las importaciones temporales y definitivas, así como los retornos, tanto en su mismo estado como al amparo del programa IMMEX.
Por otro lado, se dio a conocer en el portal del Servicio Nacional de Información de Comercio Exterior (SNICE) las recomendaciones para la gestión del aviso automático, las cuales no permitimos simplificar.
· La solicitudes de aviso automático se tramitarán a través del correo electrónico aviso.exportacion@economia.gob.mx, mediante un escrito libre en términos de la regla 1.3.5 del Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite Reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior (descargar) · Adicionalmente se tendrá que compartir FORMATO-AAE (Excel) que contendrá información requerida (descargar) · La autoridad cuenta con 10 días hábiles, una vez recibida la solicitud, para emitir el Aviso Automático
A. Precisiones respecto él envió de la información: 1. El asunto del correo debe ser “Solicitud de Aviso” 2. Los únicos archivos adjuntos al correo deben ser:
B. Precisiones respecto a la recepcion de la información: 1. Las solicitudes de aviso automático de exportación serán recibidas a partir del 30 de junio de 2025. Por lo que no serán tomadas en cuenta las solicitudes que se reciban en una fecha anterior a Ia señalada. 2. Toda la información electrónica se recibirá en un horario de 9:00 a las 18:00 horas de lunes a viernes. Para el caso de la información recibida de forma electrónica después de las 18:00 horas o en días inhábiles, se considerará presentada al día hábil siguiente. 3. Una vez enviada el correo con los requisitos señalados, se recibirá un acuse con folio de seguimiento durante las 24 horas posteriores al envío del correo de solicitud, es recomendable no reenviar solicitudes.
C. Motivos por los cuales podrías no recibir folio de seguimiento 1. El nombre del asunto es distinto a “Solicitud de Aviso”. 2. Los archivos adjuntos no cumplen con el nombre solicitado en las consideraciones. 3. No se adjunte alguno de los archivos solicitados. 4. Se enviaron archivos en formatos diferentes a Excel y PDF, tales como ZIP, TXT, JPG, JPEG, WORD, etc.
Finalmente exhortamos a los interesados en revisar la documentación y anticiparse previo al inicio de vigencia, con la finalidad de cumplir con esta regulación y restricción no arancelaria. |
Ahora bien, las fracciones arancelarias sujetas a este aviso, son:
Fracción arancelaria | Descripción |
2203.00.01 | Cerveza de malta. |
2208.90.03 | Tequila. |
7106.91.01 | En bruto. |
8409.91.99 | Los demás. |
8411.12.01 | De empuje superior a 25 kN. |
8414.80.99 | Los demás. |
8415.82.99 | Los demás. |
8415.90.02 | Partes. |
8418.10.01 | Con peso unitario inferior o igual a 200 kg, excepto con cajones exteriores separados. |
8421.32.01 | Convertidores catalíticos. |
8471.30.01 | Máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos, portátiles, de peso inferior o igual a 10 kg, que estén constituidas, al menos, por una unidad central de proceso, un teclado y un visualizador. |
8471.49.91 | Las demás presentadas en forma de sistemas. |
8471.50.01 | Unidades de proceso, excepto las de las subpartidas 8471.41 u 8471.49, aunque incluyan en la misma envoltura uno o dos de los tipos siguientes de unidades: unidad de memoria, unidad de entrada y unidad de salida. |
8471.70.01 | Unidades de memoria. |
8471.80.91 | Las demás unidades de máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos. |
8473.30.04 | Partes y accesorios de máquinas de la partida 84.71. |
8503.00.99 | Las demás. |
8504.23.01 | De potencia superior a 10,000 kVA. |
8512.20.99 | Los demás. |
8517.62.17 | Aparatos para la recepción, conversión, emisión y transmisión o regeneración de voz, imagen u otros datos, incluidos los de conmutación y encaminamiento ("switching and routing apparatus"). |
8528.72.06 | Con pantalla plana, incluso las reconocibles como diseñadas para vehículos automóviles. |
8537.10.99 | Los demás. |
8543.70.99 | Los demás. |
8544.30.99 | Los demás. |
8544.42.99 | Los demás. |
8544.70.01 | Cables de fibras ópticas. |
9018.39.99 | Los demás. |
9018.90.99 | Los demás. |
9032.89.99 | Los demás. |
9401.99.99 | Las demás. |
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Mtro. VICTOR ALVARADO CABRERA
Contacto: fcalogistica2@gmail.com
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