top of page

NOM-003-SSA1-2006. ETIQUETADO DE PINTURAS, TINTAS, BARNICES, LACAS Y ESMALTES.

Como se recordará, las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) son disposiciones generales de tipo técnico expedidas por dependencias de la administración pública federal. Su objetivo es establecer reglas, especificaciones, directrices y características aplicables a un producto, proceso o servicio.
Fundamento: Art. 4, fracción XC de la LEY DE INFRAESTRUCTURA DE LA CALIDAD
Ahora bien, en las operaciones de comercio exterior nos vemos relacionados con aquellas que requieren una acreditación por un organismo de certificación (OC) y, por otro lado, las que no, es decir, las de información comercial (etiquetado).
El lo particular, la NOM-003-SSA1-2006, SALUD AMBIENTAL. REQUISITOS SANITARIOS QUE DEBE SATISFACER EL ETIQUETADO DE PINTURAS, TINTAS, BARNICES, LACAS Y ESMALTES, tiene por objeto establecer la información sanitaria y generales para la venta y suministro (proceso e importación) de las pinturas, tintas, barnices, lacas y esmaltes, debe satisfacer el etiquetado de sus envases.
Es importante mencionar que se entiende como etiqueta, lo cual, en términos de la propia NOM, se indica:
Cualquier rótulo, marbete, inscripción, imagen u otra materia descriptiva o gráfica, escrita, impresa, estarcida, marcada, grabada en alto o bajo relieve, adherida, sobrepuesta o fijada al producto, a su envase o, cuando no sea posible por las características del producto o su envase, al embalaje
En este orden de ideas, para el correcto cumplimiento de la NOM-003-SSA1-2006, se hace necesario hacer lectura del texto de la misma, por lo que el interesado deber observar detalladamente los numerales 5, 6 y 7; ya que para realizar el correcto etiquetado debe conocerse plenamente el contenido del producto, por ejemplo, productos con plomo: Base disolvente o Base acuosa o aceite vegetal.
Nos podemos a su disposición para la realización y/o verificación del cumplimiento de la etiqueta de sus productos, esto en términos de la NOM-003-SSA1-2006.

bottom of page