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OBLIGACION DE PRESENTAR CFDI O DOCUMENTO EQUIVALENTE EN IMPORTACIONES DEFINITIVAS DE MERCANCIAS INCL


SAT: 12/09/2019

Se da conocer en el portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT) el Boletín Num. P037 en alcance a las modificaciones realizadas a las deferencias de “factura", "CFDI" y "documento equivalente, el pasado 24 de junio de 2019 en las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE).

De lo anterior, el presente boletín indica que tratándose de la importación DEFINITIVA de las mercancías incluidas en el Anexo 10, Apartado A (Padrón de Importadores de Sectores Específicos) de las RGCE, se deberá adjuntar como anexo del pedimento en documento digital, el CFDI o documento equivalente (documento de carácter fiscal emitido en el extranjero, que ampare el precio pagado o por pagar de las mercancías introducidas al territorio nacional o el valor de las mismas, según corresponda).

En caso de omitirse, se considerará cometida la infracción prevista en el artículo 184, fracción I de la Ley Aduanera, a la cual le corresponde una multa de $3,730.00 a $5,590.00 de conformidad al Art. 185 fracción I de mencionada ley.


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